Este Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre introduce reformas en la Ley General de la Seguridad Social y otras normas legales para fomentar la permanencia de los trabajadores en activo y promover la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad de jubilación.

Se mejoran los incentivos sociales, fiscales y laborales, y se establece una nueva regulación de la jubilación parcial y activa, permitiendo una salida más progresiva y flexible del mercado laboral. También se mejoran las condiciones de los trabajadores fijos-discontinuos.

Entre las modificaciones más importantes se incluyen:

  • Compatibilidad de la pensión de jubilación activa: Se permite compatibilizar la pensión de jubilación activa con el complemento de demora, añadiendo un 2% adicional si la jubilación se retrasa dos o más años completos.
  • Flexibilización de la jubilación: Se flexibiliza la compatibilidad entre el trabajo a tiempo parcial y la pensión de jubilación.
  • Acceso a la jubilación activa: Se elimina el requisito de suficientes cotizaciones para acceder a la jubilación activa.
  • Cuantía de la jubilación activa: La cuantía de la jubilación activa se ajusta según el tiempo de demora en acceder a la pensión, variando entre el 45% y el 100% de la pensión reconocida.

Se introducen cambios en la jubilación parcial, ampliando la reducción de jornada hasta un 75% y permitiendo adelantar la jubilación hasta tres años antes. Los contratos de relevo deberán ser indefinidos y a tiempo completo y mantenerse al menos dos años desde la jubilación ordinaria del jubilado parcial.

Para los trabajadores que se jubilan parcialmente a la edad ordinaria, se permite celebrar contratos de relevo de duración determinada o indefinida, con una duración mínima de un año. Estos contratos deberán celebrarse con trabajadores desempleados.

Puede consultar la resolución completa en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-26917

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